El Consejo de Gobierno aprueba subvenciones por valor de 10,1 millones de euros para el programa experiencial de empleo y formación
Aprobado también el Decreto que regula el Consejo de Mayores de la Comunidad Autónoma
El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa experiencial de empleo y formación de carácter general por un importe de 10.100.000 euros.
En su reunión de hoy, el Ejecutivo ha aprobado el Decreto que regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Mayores de la Comunidad Autónoma y la convocatoria de ayudas para los Juzgados de Paz.
Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa
Aprobado el Decreto de concesión directa de ayudas por valor de 140.500 euros a los ayuntamientos de la Comunidad para gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz en el ejercicio 2024.
La distribución del crédito disponible se hace en función de los datos de población de derecho facilitados por el INE, de conformidad con un baremo que establece los diferentes tramos.
1 De 1 a 499 habitantes 549 Euros
2 De 500 a 999 habitantes 879 Euros
3 De 1.000 a 2.999 habitantes 1.524 Euros
4 De 3.000 a 4.999 habitantes 2.215,50 Euros
5 De 5.000 a 6.999 habitantes 2.490,20 Euros
6 De 7.000 habitantes en adelante 3.063,60 Euros
Aquellos Ayuntamientos con Juzgados de Paz que sean atendidos por una Agrupación de Secretarías de Paz verán reducida en un 50% la cantidad que se les asigne atendiendo a la población, cantidad que incrementará la dotación que corresponda a los Ayuntamientos en que radique la sede de dicha Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz.
Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
El Gobierno ha aprobado el convenio interadministrativo con el Ayuntamiento de Santillana del Mar para la conservación, mantenimiento y explotación de la EDAR de Ubiarco por su interés autonómico.
El Convenio tiene por objeto la ordenación del régimen de uso de dicha EDAR así como de los terrenos vinculados con el fin de que la Administración pueda desarrollar las actuaciones de conservación, el mantenimiento y explotación objeto de su competencia.
La Comunidad Autónoma asume las competencias en materia de conservación, mantenimiento y explotación de la EDAR, así como de los terrenos vinculados. El Ayuntamiento, por su parte, se compromete a asumir aquellos gastos ocasionados por la necesidad de reparar vicios ocultos o defectos de las obras e infraestructuras, siempre que dichos vicios o defectos tuvieran su origen con anterioridad a la firma del convenio.
Industria, Empleo, Innovación y Comercio
Autorizada la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa experiencial de empleo y formación de carácter general por un importe de 10.100.000 euros.
Los programas experienciales de empleo formación de carácter general, definidos como proyectos mixtos de empleo y formación de carácter temporal, tienen como objetivo la cualificación de las personas desempleadas participantes en ocupaciones que respondan a las necesidades del mercado, preferentemente relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, así como cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social.
El instrumento de gestión de este programa consiste en la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, fundaciones y empresas del sector público autonómico, así como a entidades privadas sin ánimo de lucro, que pueden presentar los proyectos formativos al Servicio Cántabro de Empleo para su financiación en el marco de una convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.
Al tratarse de proyectos mixtos, que combinan formación con empleo, que deben desarrollarse mediante un contrato de formación en alternancia con el empleo, las acciones formativas que incluyan deben corresponderse con certificados profesionales. Por este motivo, las entidades promotoras deben cumplir con las prescripciones del personal formador y de aquellos requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos establecidos para todos los módulos que constituyen los correspondientes certificados profesionales que se pretendan impartir. También deben ser cumplidos los requerimientos de docentes, espacios y equipamientos de la formación vinculada al Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo que pueda incluirse en los citados proyectos.
Las propuestas formativas deben traducirse en desarrollar productos o servicios de utilidad pública o de interés social que posibiliten a los alumnos trabajadores y las alumnas trabajadoras la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional recibida, que estará relacionada directamente con dicho trabajo, procure su cualificación profesional, la acreditación de dicha cualificación y favorezca su inserción laboral. Cuando el producto consista en una obra, se harán constar los trámites necesarios para llevarla a cabo, de acuerdo con la normativa sectorial, distinguiendo entre aquéllos ya realizados y los pendientes de realizar.
La duración de estos proyectos no podrá ser inferior a 6 ni superior a 12 meses, divididos en fases de 3 o 6 meses a efectos de programación y evaluación. En todo caso, la fase inicial de estos proyectos tendrá una duración inicial de 3 meses, teniendo ésta un carácter principalmente formativo.
En cuanto a las personas destinatarias de los programas experienciales de empleo y formación de carácter general, en la convocatoria deberán ser personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo y servicios en el Servicio Cántabro de Empleo, cumplir los requisitos para formalizar un contrato de formación en alternancia y reunir los criterios de idoneidad 'persona-puesto' que se determinen para el ejercicio de la correspondiente actividad u oficio. En esta convocatoria tendrán prioridad de acceso las personas mayores de cincuenta y dos años.
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Autorizado el Decreto que regula la naturaleza, composición, organización, funcionamiento y régimen jurídico del Consejo de personas mayores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se trata de un órgano colegiado con funciones consultivas y de participación social, en el que se institucionaliza la colaboración de la Administración, las entidades que representan a las personas mayores, contando también con otras Administraciones y entidades, cuya finalidad es fomentar su participación en la aplicación y seguimiento de las políticas de atención, inserción social y calidad de vida dirigidas a este sector de población.
El Consejo está adscrito a la Consejería competente en materia de servicios sociales, a través de la Dirección General que tenga competencias sobre dependencia y desarrollo de programas sociales dirigidos a personas mayores, sin perjuicio de la autonomía funcional de que estará dotado el Consejo para el cumplimiento de sus fines.
Corresponde al Consejo promover los principios y líneas básicas de actuación en las políticas de servicios sociales para las personas mayores en la Comunidad; estudiar iniciativas y formular recomendaciones, propuestas y sugerencias para la mejora de la prestación de los servicios y la elaboración de planes y programas especialmente relacionados con el sector de personas mayores, con singular atención a los que afecten a los servicios sociales; conocer y formular alegaciones, en su caso, en relación con los anteproyectos de ley en los que puedan verse afectados de forma directa los intereses propios del sector de personas mayores.
El Consejo también se encarga de fomentar la protección y promoción de la calidad de vida de las personas mayores con especial atención a la difusión de hábitos de vida saludables y de envejecimiento activo, al fomento de las competencias digitales, al acceso a la información y a la mejoría de su interacción con entidades públicas y privadas a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y al conocimiento de las fórmulas de protección jurídica a las que puedan tener acceso; formular estrategias para prevenir, detectar y concienciar sobre la soledad no deseada, fomentando vías de relación intergeneracional y actuar contra la mayor vulnerabilidad que pueda ocasionar el aislamiento en el medio rural; fomentar el asociacionismo de las personas mayores, así como la comunicación y el intercambio de experiencias entre asociaciones de personas mayores, tanto en el ámbito autonómico como interautonómico.
También promover el voluntariado para mejorar la calidad de vida de las personas mayores y, a su vez, la participación de las propias personas mayores en actividades de voluntariado y cooperación; proponer iniciativas que tengan por objeto dar visibilidad social al colectivo de las personas mayores como un valor en la comunidad, promover su participación en programas y actuaciones destinadas a la población en general y contribuir a eliminar el edadismo estereotipos negativos que ocasionen discriminación por razón de edad; impulsar la participación de las personas mayores en los órganos de gobierno y procesos de toma de decisión, tanto en el ámbito público como en el privado; promover la realización de buenas prácticas estudios, informes y actuaciones relacionadas con sus funciones y cualquier otra que le sea atribuida legal o reglamentariamente.