Pablo Zuloaga, anuncia la apertura del plazo de consulta pública para elaboración ley que regulará el Consejo LGTBI+.

El vicepresidente anuncia la apertura de un plazo de 20 días hábiles para la consulta pública de asociaciones, organizaciones y ciudadanía en general

El vicepresidente del Gobierno de Cantabria, Pablo Zuloaga, ha anunciado la apertura del plazo de consulta pública para la elaboración de la ley que regulará el Consejo LGTBI+. Un órgano que “institucionalizará la colaboración y fortalecerá el diálogo permanente entre las administraciones públicas y la sociedad civil en materias relacionadas con la igualdad de trato, y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género”.

 

Además, ha asegurado que este órgano colegiado “reforzará la participación de las personas LGTBI+ y sus familias en todos los ámbitos de la sociedad”.

 

Zuloaga ha defendido “una gobernanza en la administración más transparente, colaborativa y ética” y en este marco ha considerado fundamental “la escucha a la sociedad y en especial a profesionales, asociaciones y personas que representan al colectivo LGTBI+ y a sus familias” a través de este proceso de consulta pública.

 

En un plazo de 20 días hábiles, asociaciones, organizaciones y ciudadanía podrán trasladar por escrito sus opiniones y aportaciones, dirigidas a las Dirección General de Igualdad y Mujer, a través del registro electrónico general https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm y de registros y oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

También podrán trasladar sus alegaciones a través del portal de transparencia http://participacion.cantabria.es/  en el cuadro destinado al efecto y, con el objetivo de garantizar mayor participación ciudadana, cualquier persona interesada podrá dirigir sus propuestas al correo electrónico habilitado al efecto consejolgtbi@cantabria.es.

 

La ley que creará el Consejo recogerá una definición de este órgano colegiado, así como de la delimitación de sus fines y competencias y la organización y funcionamiento. Además, determinará el número de vocalías, presidencia, secretaría del mismo, y el proceso de elección, entre otros aspectos.