El Ayuntamiento de Torrelavega ha puesto en marcha la campaña de bonificación en el suministro del Agua, Alcantarillado y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. Las solicitudes se pueden recoger en las oficinas de Aguas Torrelavega, en la calle La Viña 4 bajo; y se deben presentar en el Registro Municipal hasta el 2 de abril de 2024.
El objetivo de esta convocatoria, ha explicado el concejal de Bienestar Social, Alberto Rubio, es “apoyar a los ciudadanos con menos recursos en algo tan esencial como es el pago del recibo del agua”.
CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS SOLICITANTES
Según ha indicado Rubio, para poder optar a estas ayudas se deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser jubilado, pensionista, jóvenes o estar acogido al subsidio de desempleo siendo titular del agua.
2. Estar empadronado en el domicilio para el cual se solicita la bonificación
3. Los ingresos por todos los conceptos de la unidad familiar/convivencia, no superen:
1 persona………………………………………………900,00€
2 personas……………………115% sobre 900,00….1035,00€
3 personas……………………120% sobre 900,00….1080,00€
4 personas ……………………125% sobre 900,00.…1125,00€
5 personas ……………………130% sobre 900,00.…1170,00€
6 personas ……………………135% sobre 900,00.…1215,00€
5. Carecer de bienes propios, salvo la vivienda que ocupen.
6. Titularidad de un sólo vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales. 7. Consumo inferior a 30 m cúbicos, la primera persona y 15 m cúbicos más a partir de la segunda persona.
*El ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial, o de venta ambulante, lleva implícita una estimación mínima de ingresos de 8.788€/año
DOCUMENTOS QUE DEBERAN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:
1. Declaración de miembros de la unidad familiar/convivencia.
2. Autorización firmada del interesado por las personas mayores de 18 años para el Ayuntamiento pueda recabar datos tributarios en la Agencia Tributaria al nivel de Renta (IRPF) y en el Servicio de Empleo Público sobre situación actual y prestaciones económicas.
3.Último recibo del agua
4. D.N.I. mayores de edad
5. Ingresos que se perciban de la Seguridad Social por cualquier concepto, prestaciones Ingreso Mínimo Vital. etc.
6. Si se trata de FAMILIAS NUMEROSAS, además, el Título o certificado acreditativo en vigor.