Abierto el plazo de solicitud para la bonificación del agua, alcantarillado y recogida de residuos en Torrelavega
El Ayuntamiento de Torrelavega ha abierto el plazo de solicitud de bonificación en las tasas de agua, alcantarillado y recogida de residuos sólidos urbanos. Esta medida está dirigida a familias y personas en situación de vulnerabilidad económica con el objetivo de aliviar el coste de un servicio esencial. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 4 de abril.
El alcalde de Torrelavega, Javier López Estrada, junto a la presidenta de Aguas Torrelavega, Blanca Rosa Gómez Morante, y el concejal de Asuntos Sociales, Alberto Rubio, han destacado la importancia de esta convocatoria. “Desde el Ayuntamiento seguimos trabajando para apoyar a los ciudadanos con menos recursos en un ámbito tan esencial como el acceso al agua y los servicios básicos”, ha señalado López Estrada.
Por su parte, Blanca Rosa Gómez Morante ha subrayado que este programa de bonificaciones refuerza la función social de Aguas Torrelavega: “El acceso a servicios básicos como el agua debe estar garantizado para todos, y estas ayudas permiten que las familias con menos ingresos puedan afrontar estos gastos con mayor facilidad”.
El concejal de Asuntos Sociales, Alberto Rubio, ha explicado que los requisitos para acceder a esta bonificación incluyen estar empadronado en Torrelavega y cumplir ciertos criterios económicos. “El año pasado muchas familias pudieron beneficiarse de esta ayuda, y esperamos que este año llegue a todas aquellas que lo necesiten”, ha afirmado.
CÓMO Y DONDE SOLICITAR LAS AYUDAS
Las personas interesadas en solicitar estas ayudas y obtener información pueden dirigirse a:
- Aguas Torrelavega: sede C/ La Viña 4 bajo
- Servicios Sociales del Ayuntamiento de Torrelavega: sedes de Avda. España nº4, Bº Inmobiliaria en C/ Pintor Salces s/n y Bº Covadonga en C/ Julio Ruiz de Salazar nº34
- Dpto. de Rentas del Ayuntamiento de Torrelavega: sede Plaza Baldomero Iglesias
Lugares de presentaciones de instancias:
- Registro del Ayuntamiento de Torrelavega: sede de Bº Zapatón en C/Marqués de Santillana, 14
- Servicios Sociales del Ayuntamiento de Torrelavega
CRITERIOS
El solicitante deberá cumplir una serie de criterios:
1.- El solicitante ha de ser abonado/titular del contrato suministro de agua (de uso doméstico) del domicilio/vivienda para el cual se solicita la reducción. Cuyo consumo trimestral de agua ha de ser inferior a 30 m.3 de agua para la primera persona, y 15 m.3 más a partir de la segunda persona.
2.- En conjunto con el resto de los miembros de la unidad familiar o de convivencia ha de encontrarse en situación de debilidad económica.
3.- El conjunto de la unidad familiar o de convivencia ha de estar empadronada en la vivienda del suministro para el cual se solicita la reducción, donde resida y tenga su domicilio habitual/permanente.
4.- En conjunto con el resto de los miembros de la unidad familiar o de convivencia, los ingresos y rentas a percibir, por todos los conceptos, no podrán superar los indicados como sigue:
1 persona …………………… SMI (1.184 €)
2 personas …………………. 115 % sobre SMI (1.361,60 €)
3 personas …………………. 120 % sobre SMI (1.420,80 €)
4 personas …………………. 125 % sobre SMI (1.480 €)
5 personas …………………. 130 % sobre SMI (1.539,20 €)
6 personas …………………. 135 % sobre SMI (1.598,40 €)
El ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial, o de venta ambulante, lleva implícita una estimación mínima de ingresos de 8.788 €/año. Tienen la consideración de ingresos y rentas de la unidad familiar o de convivencia, a efectos de valorar la situación de debilidad económica: los procedentes de salarios, rendimientos de trabajo por cuenta propia, pensiones de cualquier tipo (pensiones contributivas o no contributivas, de jubilación o invalidez), prestaciones o subsidio por desempleo, renta social básica, ingreso mínimo vital (IMV), ayudas a madres, prestaciones del sistema de autonomía y atención a la dependencia, y cuantos ingresos y rentas perciban los miembros de la unidad perceptora por cualquier otro concepto. La Sección de Rentas-Aguas del Ayuntamiento realizará las estimaciones de percepción de renta por métodos indirectos que procedan (vehículos, activos financieros, etc.).
5.- Carecer los miembros de la unidad familiar o de convivencia de bienes inmuebles propios (ya sea en propiedad, nuda propiedad, derecho de uso y habitación, usufructo, ya sea en titularidad plena o en proindiviso), salvo la vivienda objeto del suministro en que habiten (incluido garaje y/o trastero de uso propio).
6.- La unidad familiar o de convivencia solo podrá ser titular de un vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales.
Desde el Ayuntamiento y Aguas Torrelavega se anima a los ciudadanos que cumplan los requisitos a presentar su solicitud dentro del plazo establecido y a aprovechar esta ayuda que busca garantizar el acceso a servicios básicos esenciales para todos. Para más información consultar: