El Ayuntamiento de Piélagos ha abierto, hasta el 29 de noviembre, el plazo de solicitud de las ayudas directas para las ganaderías del municipio cuyas cabañas se hayan visto afectadas por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE).
El alcalde, Carlos Caramés, ha recordado que el Consistorio destinará 30.000 euros a la convocatoria extraordinaria, aprobada por la Junta de Gobierno Local el 5 de octubre, cuyo extracto publicó el pasado día 30 el Boletín Oficial de Cantabria (https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=395264).
Caramés ha incidido en que su concesión está justificada por razones de interés público, dado que afecta a muchas ganaderías del municipio, buena parte del Sector Primario asentado en Piélagos.
Asimismo, ha aclarado que las ayudas del Ayuntamiento de Piélagos cubrirán los gastos de las recetas de medicinas y tratamientos prescritos por los veterinarios de las explotaciones, así como los insecticidas de uso ganadero contemplados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
En este sentido, ha recalcado que serán compatibles con otras que puedan conceder las distintas administraciones siempre y cuando el conjunto no supere el 100% de los gastos realizados por los beneficiarios para combatir la EHE.
Requisitos de los beneficiarios
El regidor municipal ha explicado que, según el extracto de la convocatoria publicada en el BOC, podrán beneficiarse de la convocatoria extraordinaria de ayudas personas físicas, jurídicas, empresas, cooperativas, así como actividades agrícolas y ganaderas que estén sufriendo las consecuencias de la enfermedad.
En todos los casos, ha dicho, la solicitud deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Piélagos o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, junto con la documentación especificada en el artículo 5: solicitud de ayuda, según modelo oficial, debidamente cumplimentado; DNI/NIF del titular de la actividad; CIF en el caso de actividades comerciales, profesionales, agrícolas o ganaderas que no estén a nombre de personas físicas y declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones.
También deberán aportar el justificante de receta o documento del veterinario de la explotación que haya suscrito la medicina y/o tratamiento o, en su defecto, el gasto del insecticida ganadero incluido en la relación de productos registrados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como la cartilla ganadera expedida por los organismos oficiales del Gobierno de Cantabria que incorpore el listado de reses asociadas con el código de explotación.