El Gobierno de Cantabria ha publicado recientemente la Orden ISO/03/2025, de 18 de febrero, que regula el acceso al Servicio de Promoción de la Autonomía Personal (SEPAP), desarrollado en el marco de la Orden PRE/24/2024, de 21 de marzo. Esta nueva norma concreta aspectos esenciales para la concesión del servicio, excluyendo el ámbito de atención temprana (que corresponde al Servicio Cántabro de Salud), y se dirige específicamente a personas en situación de dependencia no usuarias de centros residenciales ni de atención diurna.
Desde el Colegio de Fisioterapeutas de Cantabria valoramos positivamente esta orden, ya que refuerza la incorporación de intervenciones de fisioterapia como parte esencial del SEPAP, con especial atención a los tratamientos destinados a la mejora de la funcionalidad y el mantenimiento de la autonomía personal en el entorno domiciliario y comunitario.
Relevancia para la fisioterapia:
Dentro de las modalidades contempladas en el SEPAP, se incluye el Servicio de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, donde se reconoce expresamente la prestación de:
- Fisioterapia neurológica y/o respiratoria: Intervenciones dirigidas a personas con patologías como ictus, esclerosis múltiple, ELA, daño cerebral adquirido, parálisis cerebral infantil, espina bífida o distrofia muscular, entre otras. Estas terapias tienen como objetivo recuperar o mantener funciones motoras y respiratorias, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida y a la prevención del deterioro.
Los servicios deberán ser prestados por entidades o profesionales debidamente acreditados, lo que garantiza la calidad, seguridad y profesionalidad de las intervenciones. Esto abre la puerta a que fisioterapeutas autónomos o centros especializados puedan formar parte activa del SEPAP en Cantabria
Condiciones destacadas de la orden:
- Las intensidades horarias del servicio varían en función del grado de dependencia, estableciéndose hasta 15 horas mensuales en modalidad individual para personas con Grado I.
- Se contemplan intervenciones individuales, grupales o mixtas, permitiendo una atención personalizada o comunitaria según cada caso.
- La orden establece precios de referencia para el cálculo de las prestaciones económicas vinculadas:
- Sesión individual: 25 €/hora (35 €/hora si es en domicilio)
- Sesión grupal: 12,5 €/hora
- Sesión mixta: 18,75 €/hora
- Sesión individual: 25 €/hora (35 €/hora si es en domicilio)